martes, 10 de marzo de 2009

La presunción de Inocencia, el proceso penal y el Caso de Florence Cassez

Uno de los aspectos más importantes para la construcción de un proceso penal ajustado a derechos humanos y a la estricta observancia de garantías constitucionales en México, es el relacionado con la seguridad jurídica.
La seguridad jurídica se construye día a día con la confianza que en las autoridades tienen los ciudadanos y los habitantes de la república.
En nuestro país, en fechas recientes - 18 de junio de 2008 - se publicó una reforma constitucional en materia penal, donde se destaca la introducción de un principio nuevo para la legislación penal mexicana: La presunción de Inocencia. Este principio, tan en boga en otras naciones, es nuevo en nuestro país y su implantación en el inconciente colectivo y en la forma de sentir, ser y expresar será altamente complicada.
La presunción de inocencia tiene como premisa la siguiente: Toda persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad. El Derecho Penal Mexicano, Ratio Ultima de las Penas y las Medidas de Seguridad- y que en realidad para todo es la Prima Ratio en México -, contempla como divisa clave que toda persona es culpable hasta que logre demostrar, con elementos probatorios suficientes a juicio del Juzgador - válgase la redundancia - su Inocencia, habiendo compurgado por supuesto un tiempo lo suficientemente prolongado una prisión preventiva esperando que su causa se decida, en lo que Marcos Lara Kahn denomina en su obra más reciente como la Prisión Sin condena.
La prisión preventiva, por si misma, es una transgresión primaria y básica a la presunción de Inocencia: altera el sentido de vida de aquel que es privado de su libertad, con o sin razón, vulnera su sentido de pertenencia al grupo social y la familia a la que pertenece, disgregando su modo de existir y de ser. Y por no tener una duración específica, es incierta y sujeta a arbitrio de quien dispone de la vida y la libertad del penado. La prisión preventiva es sin duda alguna, la preparatoria de la Cárcel, ese inmenso submundo donde las Artes Criminales se refinan, propiciando la capacitación para el trabajo delictivo en el inframundo de la Criminalidad especializada.
Y con todos estos antecedentes, nuestro país se sumerge en la delicada tarea de introducir a su sistema jurídico penal la presunción de Inocencia, entendida esta como la inversión total del esquema de la detención "preventiva" - quien sabe de qué -para mejorar el sistema de Justicia Mexicano, del que se llama ahora inquisitorial o inquisitivo para distinguirlo del nuevo, mixtura americana-chilena-española-colombiana y mexicana - léase, un guacamole con hot cakes y paella- para así favorecer la Justicia Internacional: toda vez que queremos ser modernos y respetados por la comunidad global en materia de Justicia: esa es la intención de la reforma, quizás con mayor prioridad que dar una solución real a los problemas de la criminalidad.
Sin embargo, hace falta una cultura profunda en la materia: el seguimiento del Caso de la francesa Cassez nos brinda luces en cuanto a la verdadera percepción de la Justicia en México: la gente condena por lo que ve en la televisión y lee en los diarios: juzga implacablemente y pide el establecimiento de penas capitales sin conocer los folios del expediente; imputa responsabilidades y crea nociones de peligrosidad sin haber evaluado a la mencionada ciudadana francesa. Organizaciones gubernamentales y no gubernamentales se pronuncian por la aplicación estricta del Derecho Penal más extremo...y en el temor a la delincuencia se olvida el aspecto más importante de todos: la construcción de una cultura donde la Inocencia tiene primacía sobre la culpa, y donde esta tiene que ser demostrada con elementos plenos que permitan generar convicción en el juzgador; que la pena tiene que servir para algo, no solamente para condenar sin redención o sin posibilidad de generar perdón en las víctimas y victimarios.
Además, quizás nos provoca una profunda envidia que ella tenga un presidente que abogue por su causa...
Nuestra cultura, en suma, es de culpabilizar. Nuestra cultura sirve para condenar. Esa es la clave que nos revela el delicado caso de Florence Cassez, independientemente de su responsabilidad o no; independientemente de su capacidad criminal existente o preexistente y la posibilidad de que vuelva a incurrir en los actos que se le imputan, las cuales solamente le competen a Su Señoría - el Señor Juez - en un momento dado. La clave es que como nación, entidad sociológica competente, no estamos listos para la presunción de Inocencia y si para continuar en el mismo sistema de Justicia que hemos vivido, y que sufre y vive porque está saturado y no hay suficientes juzgados, ni suficiente personal para atender las causas diversas, en tanto que la población sigue creciendo.
Sigamos reflexionando sobre ello. Falta mucho por crear y construir en nuestra cultura de la seguridad y los derechos humanos.
Mtra. Natalia Díaz Aguilar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Hola. Es un placer recibir tu visita en este Blogg en mutación...